La maternidad subrogada atenta contra la dignidad de la mujer
Expertos en ética médica han incidido, durante el IV Congreso de Deontología Médica, celebrado en el Colegio de Médicos de Málaga, en que la maternidad subrogada solo sería acorde a la deontología médica con carácter altruista
El Médico Interactivo | 24 - Abril - 2017 15:30 h.
Durante el IV Congreso de Deontología Médica, celebrado en el Colegio de Médicos de Málaga, expertos en ética médica pusieron de manifiesto que la maternidad subrogada, conocida coloquialmente como ‘vientres de alquiler’, es un acto mediatizado por la prestación económica y no es completamente libre, debido a que condiciona la decisión y su consentimiento, lo que resulta inadmisible desde un punto de vista ético y deontológico.
Dado que la normativa legal penal vigente en España prohíbe y sanciona de modo expreso este tipo de práctica, algunos ciudadanos optan por llevarla a cabo en otros países para satisfacer el deseo de tener hijos. Cada año, alrededor de entre 500 y 1.500 parejas españolas suscriben contratos de subrogación de útero en algunos países extranjeros, donde está regulado o permitido.
“Tratándose de un problema complejo, podría considerarse en un futuro que una maternidad subrogada en la que los “padres” participan en la generación del embrión, sin otras aportaciones de donantes y en la que existe un principio de generosidad y altruismo en la colaboración gestacional del embrión, incluso con vínculos familiares entre los “padres” y la madre subrogada podría considerarse como no contraria a la ética y a la deontología médica. Siempre en casos especiales y con estudio específico y personalizado de las circunstancias", señala María Castellano, vocal de la Comisión Central de Deontología de la Organización Médica Colegial (OMC).
No obstante, la Dra. Castellano manifestó que la gestación por sustitución “está reñida con la dignidad de la mujer en la mayoría de los casos”.
Manuel García del Río, secretario general de la corporación malacitana, comentó que, independientemente de la falta de legislación, es una práctica que genera numerosos conflictos como “posibles complicaciones físicas, psíquicas, control estricto por parte de los padres contratantes a la madre subrogada, que en algunos contratos se exija que el niño nazca sano o el rechazo del recién nacido cuando se convierte en el producto no deseado de la transacción económica”.
Del Río aseguró que “se puede sufrir por no tener hijos propios, pero nada puede justificar que esta frustración sea resuelta al precio de transformar a otras mujeres en fábricas de niños”.
Por último, Ángel Hernández Gil, vocal de la Comisión Central de Deontología de la OMC, destacó que se trata de un fenómeno que afecta a derechos y deberes de todos sus integrantes, que al tratarse de un acto mediatizado por la prestación económica no es completamente libre, por lo que resulta inadmisible desde un punto de vista ético y deontológico.
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