El Proceso de Determinar la Elegibilidad del Niño
- para decidir si su niño es elegible para recibir servicios de educación especial y servicios relacionados; y
- para ayudarles a Ud. y a la escuela a decidir cuáles son las necesidades educacionales de su niño.
Como se explicó anteriormente, la decisión sobre la elegibilidad de su niño para recibir servicios es basada en si acaso su hijo o hija tiene una discapacidad que cae dentro de una de las 13 categorias de discapacidades bajo IDEA y si acaso aquella discapacidad afecta el rendimiento escolar de su niño. Esta decisión será tomada cuando la evaluación haya sido completada, y los resultados se den a conocer.
En el pasado, los padres no estaban involucrados en la decisión sobre la elegibilidad de su niño para recibir servicios de educación especial y servicios relacionados bajo IDEA. Ahora, bajo los cambios en IDEA (aprobados en 1997), los padres son incluídos en el grupo que decide la elegibilidad del niño para servicios de educación especial. Este grupo estudiará toda la información reunida durante la evaluación y decidirá si su niño cumple con la definición de un “niño con una discapacidad.” (Esta definición vendrá de IDEA y las políticas que su Estado o distrito usa.)
Bajo IDEA, un niño no puede ser elegible para recibir servicios si la razón determinante para pensar que el niño es elegible es que:
- el niño tiene un dominio limitado del idioma inglés, o
- el niño tiene una falta de instrucción en matemática o lectura.
Como padre, Ud. tiene el derecho de recibir una copia del informe sobre la evaluación de su niño y el papeleo sobre la elegibilidad de su niño para recibir servicios de educación especial y servicios relacionados.
¿Qué pasa si mi niño no es elegible para recibir servicios?
Si el grupo decide que su niño no es elegible para recibir servicios de educación especial, el sistema escolar debe decirle ésto por escrito y explicarle por qué su niño ha sido determinado “no elegible.” Bajo IDEA, Ud. debe también recibir información sobre lo que puede hacer si no está de acuerdo con esta decisión. Hay varias opciones para resolver disputas bajo la ley.
Lea toda la información que el sistema escolar le de. Asegúrese que ésta incluya información sobre cómo desafiar la decisión del sistema escolar. Si aquella información no está en los materiales que la escuela le da, solicítela. Comuníquese además con el Centro de Educación e Información para Padres (“Parent Training and Information Center,” o PTI). El PTI le puede decir qué pasos debe tomar. Su PTI se encuentra en la Hoja de Recursos Estatales de NICHCY para su Estado bajo la categoría “Organizaciones Especialmente para los Padres.”
¿A cuál de las páginas de información quisiera ir ahora?
- Evaluación gratuita de niños
- Proceso de determinar la elegibilidad del niño (Ud. está en esta página ahorita)
- El equipo y el contenido del IEP
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