Los niños en desamparo vivirán en familias de acogida
El Gobierno agiliza el acogimiento en hogares para impedir la institucionalización de los menores
El proyecto regula la edad de los padres adoptantes
Hogares frente a centros. Familias frente a instituciones. El Gobierno agilizará los trámites para el acogimiento y la adopción de menores. La medida, que se recoge en el Plan de Infancia y Adolescencia que ha aprobado hoy el Consejo de Ministros, trata de evitar que los menores que están en situación de desamparo —es decir, cuya tutela se ha retirado a su familia biológica— u orfandad vivan en un centro y puedan residir, directamente, con una familia. De los 35.000 niños y adolescentes que las Administraciones tienen bajo su guarda o tutela, alrededor de 15.000 viven en instituciones. Para favorecer su acogida, los trámites previos al proceso serán administrativos y no judiciales, como hasta ahora; y se buscará apoyo en familias de emergencia, que ya existían en algunas autonomías. Además, se regulará por primera vez la figura de la adopción abierta, una fórmula en la que los menores siguen manteniendo el contacto con sus padres biológicos.
“Se trata de priorizar las soluciones familiares de acogimiento y de adopción frente a las residenciales”, ha explicado la ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Ana Mato, cuyo departamento ha elaborado el Plan de Infancia. Un proyecto —amplio y con medidas en todos los campos— que plantea la reforma de la Ley de Protección Jurídica del Menor y del Código Civil. En España, es decisión de las Administraciones declarar a un menor en desamparo —porque los padres no son capaces o no pueden cuidarlo—, tras lo que asume su tutela. En ese momento, la opción para el niño es ir a un centro o a una familia de acogida. Para enviarle a un hogar, se necesita el permiso explícito de la familia biológica o el de un juez. Con la nueva regulación, lo decidirá la Administración, consientan o no los padres.
“El ser humano está hecho de una materia que necesita el beso de buenas noches, el abrazo de la familia... Por mucho que quieran ponerle ganas y cariño, los trabajadores de los centros no pueden darles eso a los niños”, apunta Paloma Fernández, presidenta de ASEAF. “Los menores necesitan además el sentimiento de pertenencia a una familia para formarse como personas”, añade. Por eso, esta organización ve con muy buenos ojos las medidas destinadas a promover el acogimiento y la adopción.
Salomé Adroher, directora general de Servicos para la Familia y la Infancia del ministerio, explica que la nueva regulación —que trata de unificar un panorama normativo diverso de 17 autonomías— contempla, además, que los menores de tres años no lleguen a pisar nunca un centro, “salvo en casos de imposibilidad o que no convenga a su interés”. Para ello, los niños podrán ir a una de las familias denominadas de emergencia o recurrir a la figura de la guarda con fines de adopción. Un ejemplo: si una madre renuncia a su hijo en el hospital, la Administración podrá entregar a ese niño a una familia a través de esa figura, e iniciar el trámite de adopción; el menor no tendrá que ir a un centro mientras el juez decide. “Buscamos que los instrumentos de protección sean ágiles y también potenciar las soluciones permanentes frente a las temporales”, explica Adroher. En esta línea, este proyecto de ley —que será estudiado ahora por las autonomías y luego volverá al Consejo de Ministros— establece dos tipos de acogimiento: temporal, hasta dos años; y permanente, que no tiene plazo y que puede ser la antesala de la adopción. Si se prevé que el niño va a estar más de dos años a cargo de la Administración se le buscará una solución definitiva.
Actualmente, desde que el menor se declara en desamparo tienen que transcurrir dos años para que las Administraciones puedan proponer su adopción; aunque se considere que esa situación de desamparo es irreversible. Se prevé que ese plazo desaparezca con la nueva regulación. Esta también establecerá un código de derechos y deberes de los acogedores: tendrán, por ejemplo, derecho a ser oídos antes de que las autoridades adopten cualquier resolución que afecte a los menores a su cargo, así como a relacionarse con el menor una vez que el acogimiento finalice, si es que se considera que esa relación beneficia al interés del menor. Un punto que Fernández considera importantísimo. “Durante la convivencia se crean vínculos y referencias, se construye una base muy sólida de cariño que no se debería romper cuando el menor vuelve con su familia biológica”, dice.
La directora general de Familia e Infancia explica que los anteproyectos de ley —elaborados por Sanidad y Justicia— incluyen la creación de un sistema de información sobre cuántos niños están bajo tutela de las Administraciones y en qué circunstancias. Se establecerá, además, la obligación legal de revisar las medidas impuestas cada cierto tiempo: cada tres o seis meses, en función de la edad. Un punto que evitará que la situación de los menores se cronifique y que permanezcan, por ejemplo, durante años en un centro sin que se reexamine su caso.
El Plan de Infancia y Adolescencia recoge también una de las principales reivindicaciones de las asociaciones de familias de acogida y adopción: la regulación de la adopción abierta. Una figura que existe en otros países, sobre todo anglosajones; en algunos, se organiza a través de acuerdos privados entre la familia biológica y la de acogida; en otros, con medidas judiciales. En España será el juez quien, a propuesta de la entidad pública de protección, y si hay consentimiento de las partes, establezca esta posibilidad y las condiciones. Una opción para que los menores puedan mantener el contacto con su familia biológica, a pesar de haber sido adoptados por otra. La idea del ministerio es que esta posibilidad estimule la adopción de los niños mayores de siete años a quienes muchas veces es difícil encontrar una familia, porque la biológica se niega a perderlo. “Se trata de buscar soluciones pactadas frente a impuestas y fórmulas para el entendimiento de las partes; y animar a las familias biológicas a consentir la adopción sabiendo que podrán mantener el contacto con sus hijos”, explica Adroher.
Fernández remarca que esta fórmula puede funcionar a través de un régimen de visitas acordado por el juez y pactado entre las partes, y que puede lograr reducir el número de menores institucionalizados. “Así se atiende al bien superior del menor”, dice. En este sentido también, la nueva regulación tratará de unificar la edad máxima de idoneidad de los adoptantes, ahora dispar entre autonomías. Se establecerá así que la diferencia de edad entre adoptante y adoptado no sea mayor de 50 años. “Se busca que los adoptantes sean padres y no abuelos”, incide Adroher.
“Se trata de priorizar las soluciones familiares de acogimiento y de adopción frente a las residenciales”, ha explicado la ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Ana Mato, cuyo departamento ha elaborado el Plan de Infancia. Un proyecto —amplio y con medidas en todos los campos— que plantea la reforma de la Ley de Protección Jurídica del Menor y del Código Civil. En España, es decisión de las Administraciones declarar a un menor en desamparo —porque los padres no son capaces o no pueden cuidarlo—, tras lo que asume su tutela. En ese momento, la opción para el niño es ir a un centro o a una familia de acogida. Para enviarle a un hogar, se necesita el permiso explícito de la familia biológica o el de un juez. Con la nueva regulación, lo decidirá la Administración, consientan o no los padres.
“El ser humano está hecho de una materia que necesita el beso de buenas noches, el abrazo de la familia... Por mucho que quieran ponerle ganas y cariño, los trabajadores de los centros no pueden darles eso a los niños”, apunta Paloma Fernández, presidenta de ASEAF. “Los menores necesitan además el sentimiento de pertenencia a una familia para formarse como personas”, añade. Por eso, esta organización ve con muy buenos ojos las medidas destinadas a promover el acogimiento y la adopción.
Salomé Adroher, directora general de Servicos para la Familia y la Infancia del ministerio, explica que la nueva regulación —que trata de unificar un panorama normativo diverso de 17 autonomías— contempla, además, que los menores de tres años no lleguen a pisar nunca un centro, “salvo en casos de imposibilidad o que no convenga a su interés”. Para ello, los niños podrán ir a una de las familias denominadas de emergencia o recurrir a la figura de la guarda con fines de adopción. Un ejemplo: si una madre renuncia a su hijo en el hospital, la Administración podrá entregar a ese niño a una familia a través de esa figura, e iniciar el trámite de adopción; el menor no tendrá que ir a un centro mientras el juez decide. “Buscamos que los instrumentos de protección sean ágiles y también potenciar las soluciones permanentes frente a las temporales”, explica Adroher. En esta línea, este proyecto de ley —que será estudiado ahora por las autonomías y luego volverá al Consejo de Ministros— establece dos tipos de acogimiento: temporal, hasta dos años; y permanente, que no tiene plazo y que puede ser la antesala de la adopción. Si se prevé que el niño va a estar más de dos años a cargo de la Administración se le buscará una solución definitiva.
Actualmente, desde que el menor se declara en desamparo tienen que transcurrir dos años para que las Administraciones puedan proponer su adopción; aunque se considere que esa situación de desamparo es irreversible. Se prevé que ese plazo desaparezca con la nueva regulación. Esta también establecerá un código de derechos y deberes de los acogedores: tendrán, por ejemplo, derecho a ser oídos antes de que las autoridades adopten cualquier resolución que afecte a los menores a su cargo, así como a relacionarse con el menor una vez que el acogimiento finalice, si es que se considera que esa relación beneficia al interés del menor. Un punto que Fernández considera importantísimo. “Durante la convivencia se crean vínculos y referencias, se construye una base muy sólida de cariño que no se debería romper cuando el menor vuelve con su familia biológica”, dice.
La directora general de Familia e Infancia explica que los anteproyectos de ley —elaborados por Sanidad y Justicia— incluyen la creación de un sistema de información sobre cuántos niños están bajo tutela de las Administraciones y en qué circunstancias. Se establecerá, además, la obligación legal de revisar las medidas impuestas cada cierto tiempo: cada tres o seis meses, en función de la edad. Un punto que evitará que la situación de los menores se cronifique y que permanezcan, por ejemplo, durante años en un centro sin que se reexamine su caso.
El Plan de Infancia y Adolescencia recoge también una de las principales reivindicaciones de las asociaciones de familias de acogida y adopción: la regulación de la adopción abierta. Una figura que existe en otros países, sobre todo anglosajones; en algunos, se organiza a través de acuerdos privados entre la familia biológica y la de acogida; en otros, con medidas judiciales. En España será el juez quien, a propuesta de la entidad pública de protección, y si hay consentimiento de las partes, establezca esta posibilidad y las condiciones. Una opción para que los menores puedan mantener el contacto con su familia biológica, a pesar de haber sido adoptados por otra. La idea del ministerio es que esta posibilidad estimule la adopción de los niños mayores de siete años a quienes muchas veces es difícil encontrar una familia, porque la biológica se niega a perderlo. “Se trata de buscar soluciones pactadas frente a impuestas y fórmulas para el entendimiento de las partes; y animar a las familias biológicas a consentir la adopción sabiendo que podrán mantener el contacto con sus hijos”, explica Adroher.
Fernández remarca que esta fórmula puede funcionar a través de un régimen de visitas acordado por el juez y pactado entre las partes, y que puede lograr reducir el número de menores institucionalizados. “Así se atiende al bien superior del menor”, dice. En este sentido también, la nueva regulación tratará de unificar la edad máxima de idoneidad de los adoptantes, ahora dispar entre autonomías. Se establecerá así que la diferencia de edad entre adoptante y adoptado no sea mayor de 50 años. “Se busca que los adoptantes sean padres y no abuelos”, incide Adroher.
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